De acuerdo a lo contemplado dentro del Código Penal, se presentó la denuncia por el vaciamiento de la empresa con la documentación respaldatoria pertinente.
Cuando la Jueza Antenucci desestima la propuesta de la Cooperativa, las denuncias presentadas sobre el Sr. Ardiles (sobre las que nunca inició investigación alguna), y le concede la categoría de acreedor privilegiado, le está adjudicando la venta directa de toda la empresa.
Cuando la Jueza Antenucci desestima la propuesta de la Cooperativa, las denuncias presentadas sobre el Sr. Ardiles (sobre las que nunca inició investigación alguna), y le concede la categoría de acreedor privilegiado, le está adjudicando la venta directa de toda la empresa.
Los trabajadores ante esta situación presentaron un recurso reposición y apelación, el cual deja en suspenso la ejecución de la resolución de la Jueza para que la decisión sea revisada por ella misma o por la Cámara en caso de que ella la reafirmara.
La Jueza Antenucci cuando le adjudicó la empresa a Ardiles lo exhortó a que cumpla con la promesa de reabrirla, a pesar de que legalmente no tenga la obligación de hacerlo y no se pueda asegurar la continuidad de las fuentes de trabajo. ¿Se puede confiar en la buena voluntad de una persona con la trayectoria del Sr. Hugo Ardiles?
La Jueza no dispuso medidas de tipo investigativas ante las irregularidades evidentes en la quiebra de CIVE. Ante su negativa a investigar, los trabajadores lo tuvieron que hacer por su cuenta. Se ha presentado la denuncia ante el Jury de Enjuiciamiento reclamando la destitución de la Jueza Marcela Antenucci por mal desempeño en sus funciones.
Véase la crónica muy completa en los últimas días del período Hoy día Córdoba.
ResponderEliminarSobre H. Ardiles su rol en el vaciamiento junto al ex gerente de la empresa y las negras perspectivas que se abren si toma la propiedad y gestion de la empresa, véase ella última edición del períodico virtual de IFICOTRA, Cooperación + Trabajo.
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